
Lo bueno de tener una figura penal abierta como esta (que no describe la conducta constitutiva del ilícito) es que permite establecer el maltrato caso a caso y a la luz de los "conocimientos científicamente afianzados", es decir, de acuerdo al avance de la ciencia y no de los prejuicios, creencias, o subjetividad de una persona que no tiene idea de animales y menos de fauna silvestre.
Por lo tanto es labor del magistrado y del Ministerio Público establecer, de acuerdo al mérito del proceso, si hubo o no delito de maltrato animal y la responsabilidad penal que corresponda al o los autores.

Muchas denuncias de maltrato animal a los circos han quedado en nada porque existe la errada postura, al interior de las instituciones de Justicia, de que el maltrato animal sólo afecta el interés público si constituye un acto positivamente despiadado, cruento y llamativamente sanguinario; cuestión difícil de probar en la mayoría de los casos.

Se añade el hecho de que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al fiscalizar las condiciones de tenencia de los animales, no indaga en el sistema de "adiestramiento", tampoco hace un diagnóstico relativo al estrés que sufren los individuos no humanos durante la función circense, no considera trastornos de conducta, de hecho no tiene expertos en fauna silvestre y, por supuesto, carece de un parámetro objetivo de medición de todo lo anterior. Qué más se puede pedir a un servicio concebido para el fomento productivo silvoagropecuario, que tiene contemplado (y priorizado) en su estructura la Unidad de Semilla pero no de Fauna Silvestre.
Sin embargo, el rol del que investiga en el sistema de Justicia, es decir, Ministerio Público, Policía de Investigaciones (a través de su brigada especializada en delitos medioambientales, BIDEMA) es precisamente ir más allá de lo aparente, aún cuando (y a pesar de que) exista una especie de pseudo cultura que legitima el uso de animales en los circos. Vemos cómo desperdician la oportunidad de sentar precedente y, pudiendo hacerlo, no solicitan los informes periciales a los especialistas en comportamiento animal y en fauna silvestre en cautiverio.

En mi opinión no se ha hecho Justicia en las causas de maltrato animal debido a la indiferencia frente al tema, rotulada como "falta de antecedentes suficientes". Efectivamente el sufrimiento de un tigre, de un león, de un canguro "boxeador" no puede competir (en presupuesto asignado y hora/hombre) con un homicidio, una violación, un robo a mano armada. Con todo, se ignora que en el caso de los circos es común la concurrencia de delitos asociados al maltrato animal, como es la tenencia ilegal, el tráfico de animales, y otros. Caso emblemático es la elefanta RAMBA, que se encuentra decomisada al Sr. Joaquín Maluenda (circo Los Tachuelas) por ilegalidad desde el año 1997 y que pese a la sanción legal hoy continúa siendo explotada en los mismos términos que a la época del decomiso.

En este sentido falta una mirada integral y determinación para adoptar las medidas que, por cierto, demanda el cumplimiento de la Ley de Caza y la CITES.
Pero ¿es posible brindar condiciones de bienestar bajo un régimen de cautiverio itinerante? ¿Qué dice la ciencia al respecto? Mientras transcurría el año 2008 y en el Congreso se discutía y aprobaba la ley 20.216 que legitima la explotación de los animales "amaestrados" en lo circos ¿fue convocada la opinión de los expertos en estas materias? ...................... Cri, cri, cri.
Conclusión (una de muchas): ¡Que vivan los Circos... Pero sin animales!

Florencia Trujillo A.
Licenciada en Ciencias Jurídicas
Universidad de Chile
Ecópolis Disciplinas Integradas