Análisis del texto aprobado en la Comisión de Salud (Boletín N° 6499-11)

El proyecto mantiene la erradicación del sacrificio como método de control poblacional, en general se mantienen los preceptos, incluyendo las indicaciones que como CEFU, RIMA y Ecópolis promoviéramos al interior de la Comisión de Salud, salvo DOS GRANDES MODIFICACIONES a saber:
1º Se incorpora en un título V a los Centro de Mantención Temporal de Mascotas o Animales de Compañía (CMT) y las condiciones de bienestar en la que deben ser mantenidos los animales: Estos CMT pueden ser con o sin fines de lucro, públicos o privados, de investigación, docencia, albergues, centros de rescate, etc. Un ejemplo de CMT serían los caniles ya sea municipales propiamente tal o como servicio externalizado en manos de privados. La pregunta es por qué regular de modo específico estos CMT si hubiese bastado con ampliar la normativa establecida en el título III que señala las obligaciones de los dueños o poseedores de mascotas o animales de compañía en relación con la alimentación, identificación, registro, condición sanitaria al día, manejo de desechos, mantención de higiene conforme al código sanitario, etc. (y posteriormente en el reglamento que ha de dictarse tratar la especificidad de los caniles).